Trámite que deben realizar los propietarios de vehículos
automotores, para dar de alta un vehículo automotor nuevo, usado; ó que
previamente haya sido dado de baja o que provenga de otra Entidad
Federativa, esto es, que se integre por primera vez al padrón vehicular del
Distrito Federal.
Requisitos
Original y dos copias simples de los siguientes documentos:
VEHICULOS NUEVOS:
1.- Solicitud;
2.- Factura o carta factura vigente;
3.- Identificación oficial, tales como: credencial para votar con
fotografía, cartilla militar, pasaporte, licencia de conducir, cédula
profesional o credencial oficial expedida por la autoridad competente;
4.- Comprobante de domicilio vigente, tales como: Constancia de residencia
expedida por la Delegación, credencial para votar con fotografía, recibos
emitidos por la Tesorería del D.F. y documentos bancarios;
5.- Comprobante del Pago de tenencia del ejercicio fiscal en curso;
6.- Comprobante del Pago de derechos;
VEHÍCULOS USADOS. Además de los anteriores:
7.- Comprobante del pago de tenencia de los 4 ejercicios fiscales
anteriores, en su caso;
8.- Baja correspondiente;
9.- En el caso de placas de auto antiguo, además deberá presentar la
certificación de las condiciones físico-mecánicas, expedida por el
fabricante u organismo de certificación, laboratorio de prueba o unidad de
verificación, debidamente acreditado.
En su caso:
10.- Autorización para tramite de baja de vehículos con registro en otra
entidad federativa;
11.- Acta constitutiva de la empresa para personas morales o cédula fiscal
de la empresa;
12.- Carta poder e identificación del propietario y de quien realiza el
trámite;
13- Identificación oficial del representante legal.
14.- Documentación que acredite la legal estancia en el País, para el caso
de vehículos extranjeros.
Estipulado en el Código Financiero del Distrito Federal
Artículo 241 fracción I Inciso b
Para su consulta solicítelo en el área donde gestione su trámite.
Instituciones bancarias, Administraciones Tributarias de la
Tesorería del D.F. y Centros Comerciales Autorizados
Consulte el directorio incluido en este Manual
Fundamento
Jurídico-Administrativo del Trámite
-Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 31 fracción XI
-Ley de Transporte y Vialidad del
Distrito Federal.- Artículo 7 fracción XXXI.
-Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal.- Artículos 32, 33, 34, 35, 40, 41 y 89
- Ley del Impuesto Sobre Tenencia
y Uso de Vehículos.- Artículos 3 fracción III y último párrafo, 4 y 8.
-Código Financiero del Distrito
Federal. - Artículo 241 fracción I Inciso b.
Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal.- Artículos 95 fracción IV y VIII y 124 fracción XII.
-Reglamento de Tránsito del
Distrito Federal.- Artículos 34 fracciones I y II, 35, 36, 41 y 44.
- Convenios de colaboración
Secretaría de Transportes y Vialidad con Agencias Automotrices, para el
registro de alta vehicular.
-Norma Oficial Mexicana
NOM-001-SCT-2-2000, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26
de enero de 2001.
Área
Normativa Responsable
Secretaría de Transportes y
Vialidad
Observaciones
El tiempo de entrega de la
Constancia de Alta Vehicular es el mismo día, el tiempo de entrega del
juego de placas, engomado y tarjeta de circulación es de 45 días hábiles.
Para el caso de vehículos de procedencia extranjera, deberán acreditar su
legal estancia en el país.
Para placas de auto antiguo, los solicitantes deberán presentar solicitud
(escrito libre), en la ventanilla única de la Dirección de Licencias y
Control Vehicular, posteriormente será canalizado ante el órgano
certificador quien emitirá la certificación correspondiente.
Nota
Importante
Ningún servidor público del
Gobierno del Distrito Federal está facultado para solicitar documentos
adicionales a los requisitos establecidos en esta cédula, ni para requerir
pagos por la realización del trámite, distintos a los establecidos en los
ordenamientos legales aplicables. Para reportar cualquier anomalía favor de
dirigirse a la Contraloría Interna del área en que se realizó el trámite, a
la Contraloría General del Distrito Federal ubicada en Av. Juárez número
92,planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 2153 y 2154;o
bien al servicio QUEJATEL con número telefónico 5658-11-11.
Este trámite lo puedes realizar en los siguientes módulos:
Tu ciudad,
comprometida para brindarte un mejor servicio. Envia
tus dudas, quejas, denuncias y comentarios. El Gobierno del Distrito Federalte garantiza confidencialidad
y una pronta respuesta.