Atribuciones de la Dirección General de
Transporte
I.
Fomentar, impulsar, estimular, ordenar y regular el desarrollo
del transporte público de pasajeros, privado y de carga, así como la
infraestructura y equipamiento auxiliar del transporte en el Distrito Federal.
II.
Tramitar la expedición de las concesiones, permisos, licencias y
autorizaciones relacionadas con la prestación del servicio público de
transporte de pasajeros, privado y de carga previstas en la Ley del Transporte
del Distrito Federal y las demás disposiciones jurídicas y administrativas
aplicables, con estricta sujeción a las disposiciones, procedimientos y
políticas establecidas por la Administración Pública.
III.
Dictaminar y autorizar los proyectos para la prestación del
servicio público de transporte, con base en los lineamientos que fije la
normatividad correspondiente.
IV.
Programar, orientar, organizar y en su caso modificar la
prestación del servicio público del transporte de pasajeros, privado y de
carga, conforme a lo previsto en la Ley de Transporte del Distrito Federal y
demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
V.
Redistribuir, modificar y adecuar los itinerarios, recorridos y
rutas locales y de penetración urbana y suburbana, sitios, bases de servicio,
de carga en congruencia con las políticas, programas y normas establecidas en
la materia.
VI.
Dictar y ejecutar los acuerdos necesarios para la conservación
mantenimiento, renovación y cumplimiento de las especificaciones técnicas del
parque vehicular destinado a la prestación del servicio público de transporte
de pasajeros, privado y de carga, implementando las medidas adecuadas para
mantener en buen estado la infraestructura utilizada para tal fin.
VII.
Actualizar permanentemente el Registro Público del Transporte,
en lo que se refiere a la prestación del servicio público de transporte de
pasajeros, privado y de carga.
VIII.
Realizar los estudios técnicos que justifiquen la necesidad de
incrementar concesiones para la prestación de los servicios públicos de
transporte de sistemas de peaje multimodal; regular, autorizar e inspeccionar
la publicidad en el servicio de transporte, así como imponer las sanciones en
caso de incumplimiento, de acuerdo con las normas jurídicas y administrativas
correspondientes;
IX.
Recibir, registrar y analizar las solicitudes de los interesados
que estén involucrados en conflictos de titularidad respecto de las concesiones
de transporte público colectivo de pasajeros y de carga y turnarlos para su
tramitación a la Dirección Jurídica.
X.
Establecer la coordinación con las autoridades correspondientes,
para determinar los cursos y programas de capacitación para concesionarios,
permisionarios y operadores del servicio público de transporte de pasajeros,
privado y de carga.
XI.
Impulsar el desarrollo del transporte escolar, de personal y de
turismo y todos aquellos sistemas de transporte que eviten la saturación de las
vialidades y protejan el medio ambiente.
XII.
Realizar todas aquellas acciones tendientes a que los servicios
públicos de transporte de pasajeros, privado y de carga, además de llevarse a
cabo con eficiencia y eficacia, garanticen la seguridad de los usuarios y
peatones y los derechos de los permisionarios y concesionario.
XIII.
Adoptar las medidas que tiendan a optimizar y satisfacer el
transporte de pasajeros, privado y de carga y en su caso, coordinarse con las
Dependencias y Entidades para este propósito.
XIV.
Determinar los criterios para la actualización de las tarifas
del servicio público de transporte; y
XV.
Regular, autorizar e inspeccionar la publicidad en el Servicio
de Transporte, así como imponer las sanciones en caso de incumplimiento, de
conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas correspondientes.
(Artículo 93, Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal)