Reglamentación Específica para Operadores de Transporte Público de
Pasajeros
1.- Circular exclusivamente por el
carril de la derecha contados de derecha a izquierda.

2.- Circular siempre por las puertas
cerradas.
3.- Permitir el ascenso y descenso de
pasajeros exclusivamente en:
·
Paradas autorizadas.
·
Cuando el vehículo no está en movimiento.
·
En el primer carril.

4.- Circular sin vidrios polarizados,
obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías
reglamentarias, que obstruyan la visibilidad el conductor.
5.- Circular con las luces interiores
encendidas cuando obscurezca, además de las exteriores.
6.- Cargar combustible sin pasajeros
a bordo.
7.- No permitir que los pasajeros
viajen en los escalones o cualquier parte exterior de la unidad.

8.- No estacionarse en doble fila o
más, o bloquear la vialidad.
9.- Cerciorarse de que funcionen las
luces cortas, largas, direccionales, intermitentes y de frenado.
10.- Escuchar música que no sea
altisonante y a un volumen moderado que no moleste a los pasajeros.
11.- Tener vigente la licencia de
conducir y circular con ésta a la vista y con las dos placas de matrícula.
12.- No efectuar reparación alguna de
los vehículos, no labores de limpieza de las unidades en la vía pública, en las
bases o Centros de Transferencia Modal.
13.- No llevar persona alguna o
acompañante en las escaleras de ascenso y descenso.
14.- No sobrepasar la capacidad del
vehículo.
15.- Circular a una velocidad máxima
de 60 kilómetros por hora.
16. Seguir el itinerario indicado y
presentar la bitácora del vehículo, cuando así sea requerido por la Secretaría.
17.- Portar el uniforme y abstenerse
de fumar.
18.- Tratar con amabilidad y respeto
a los usuarios, en especial a las personas de la tercera edad, con
discapacidad, mujeres embarazadas y niños.
19.- Entregar a todo usuario, en el
momento que pague, el comprobante de pago que ampare el servicio y el seguro
del viajero, salvo los casos que determine la Secretaría.
20.- Llevar a bordo del vehículo
ejemplares del Reglamento de Tránsito y el de Servicio de Transporte de Pasajeros
del Distrito Federal.